Cartagena de Indias, 19 de febrero de 2019

INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y SU PERMANENCIA EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL:

Para todas aquellas entidades sin ánimo de lucro que presentaron en el 2018 la solicitud de permanencia en el Régimen Tributario Especial, se recuerda que este año deben presentar la documentación para la Actualización y poder continuar en este régimen, para lo cual recomendamos tener en cuenta al momento de la Actualización:

  • Documentación a Presentar en el Registro Web, Anexos y Puntos que deben quedar en el Acta de la Asamblea.
  •  Formatos de certificaciones sobre los puntos específicos que deben quedar en el Acta de la Asamblea.

IMPORTANTE:

Este año, dentro del orden del día de la ASAMBLEA, se debe incluir un punto que se puede llamar Actualización Régimen Tributario Especial, donde se deben tratar los siguientes temas:

  1. Se autoriza al representante legal para que presente la documentación requerida en la actualización, para que la entidad permanezca en el Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.
  2. Se autoriza al representante legal para que certifique que los miembros de dirección, representantes legales y administradores no han sido declarados responsables de delitos.
  3. Se informa a la Asamblea el Estado de las Asignaciones Permanentes.

Igualmente, de acuerdo a los formatos establecidos, debe quedar explícito en el Acta de la Asamblea lo siguiente:

  1. Informe de la Ejecución del Beneficio Neto del año 2017 en el año 2018
  2. Propuesta Beneficio Neto del año 2018 a ejecutarse en el año 2019

No olviden que el Beneficio Neto se calcula con base en la Conciliación Fiscal; por tal razón, para la Asamblea deben tener el borrador de la Declaración de Renta.

IMPORTANTE:

De acuerdo al último número del NIT, se debe presentar oportunamente la Actualización de la Información. De no hacerlo, automáticamente se pierde la calificación de entidad del Régimen Tributario Especial, lo que ocasionaría pagar un Impuesto de Renta del 33% sobre la Renta Líquida y no el 20% sobre gastos no deducibles.

Teniendo en cuenta que esta información se debe cargar en las páginas web, previo a la fecha de presentación se debe enviar la documentación para revisión y cargue:

 

Último dígito               Plazo
0 – 9                    22 de marzo
8 – 7                   26 de marzo
6 – 5                   27 de marzo
4 – 3                  28 de marzo
2 – 1                 29 de marzo

Cualquier duda pueden contactarnos al siguiente Correo electrónico dmesa@np-asociados.com y coordinar una asesoría.