Disminución Anticipo de renta año 2020 al 0% o al 25%. Sectores Beneficiados. Decreto 766 del 29 de mayo de 2020.

 

A través del Decreto 766 del 29 de mayo de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 808 del Estatuto Tributario, modificó los porcentajes de anticipo del impuesto de renta para el año 2020 a diferentes sectores de la economía que se han visto afectados en gran medida por la Covid-19, entre los cuales  se encuentra el sector hotelero.

Con dicho decreto se verán beneficiados grandes y pequeños contribuyentes, personas naturales y jurídicas, consignados en tres grupos, discriminados conforme a sus actividades identificadas de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU), respecto de las cuales se les asignó una tarifa diferencial de anticipo de renta.

Conforme a lo establecido en el Decreto, los contribuyentes deberán calcular el anticipo del año gravable 2020, teniendo en cuenta las divisiones o grupos de la Clasificación CIIU 4.0. acogida por la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales mediante la Resolución 000139 del 2012, fueron modificadas a tarifas del 25% y 0% de anticipo a empresas dedicadas a la extracción de petróleo, gas y minería, empresas de fabricación de textiles, de transporte aéreo de pasajeros, del sector hotelero, restaurantes y bares y del sector entretenimiento, entre otras.

En los casos no dispuestos en las tablas que expresa el Decreto, los contribuyentes del impuesto sobre la renta calcularán el anticipo del impuesto sobre la renta del año gravable 2020, conforme con lo dispuesto en el artículo 807 del Estatuto Tributario; es decir, que tendrán que liquidar el anticipo a una tarifa del 75%.

*Importante: la norma contiene tablas extensas pero precisas, en donde se detallan las actividades beneficiadas, por lo que recomendamos su consulta para determinar si su empresa aplica al beneficio.

 

Diana Mesa González

Abogada

dmesa@np-asociados.com